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Condiciones Generales de Contratación para Consultoría, Coaching y Formación

kurt creative S.L.

Versión: 9 de septiembre de 2026

Parte A – Condiciones Generales B2B

§ 1 Prestador y ámbito de aplicación

(1) El prestador y parte contratante es:

kurt creative S.L.
Calle Princesa 31
Planta 2, Puerta 2
28008 Madrid
España

Representada por su Administrador único: Kurt Woischytzky
NIF: B25876384
NIF-IVA: ESB25876384
Correo electrónico: office@kurtcreative.es

(2) Las presentes Condiciones Generales B2B se aplican a todos los contratos celebrados entre kurt creative S.L. —en adelante, el «Prestador»— y sus clientes empresariales —en adelante, el «Cliente»—, salvo que se acuerde expresamente otra cosa.

(3) Los servicios del Prestador están destinados exclusivamente a personas físicas o jurídicas que celebren el correspondiente contrato para fines relacionados con su actividad comercial, empresarial, profesional o por cuenta propia.

(4) Los servicios también podrán prestarse a personas físicas que los adquieran exclusivamente para preparar una actividad empresarial o profesional concreta que tengan previsto iniciar. Mediante la celebración del contrato, el Cliente confirma que el servicio correspondiente se adquiere exclusivamente para dicha finalidad profesional o empresarial.

(5) El Prestador no celebra contratos con consumidores. Las normas imperativas permanecerán en todo caso vigentes cuando una persona, pese a su declaración, actúe de hecho principalmente con fines privados.

(6) Las condiciones generales divergentes o contradictorias del Cliente no formarán parte del contrato salvo aceptación expresa por parte del Prestador. La prestación del servicio sin reservas no supondrá aceptación de dichas condiciones.

§ 2 Documentación contractual, condiciones especiales y orden de prelación

(1) Para determinadas áreas de actividad se aplicarán adicionalmente condiciones contractuales especiales, en particular para producciones, consultoría y formación, así como para Software-as-a-Service y otros servicios digitales.

(2) Cuando un contrato incluya prestaciones pertenecientes a varias áreas, las condiciones especiales correspondientes se aplicarán conjuntamente a cada parte del servicio.

(3) En caso de contradicción entre documentos contractuales, se aplicará el siguiente orden de prelación:

  1. las cláusulas negociadas individualmente y expresamente acordadas;
  2. la oferta individual o confirmación de pedido, incluida la descripción concreta de los servicios;
  3. las condiciones especiales aplicables al área correspondiente;
  4. las presentes Condiciones Generales B2B.

(4) Las descripciones individuales de servicios prevalecerán sobre las descripciones generales de productos o servicios incluidas en páginas web, presentaciones, folletos u otros materiales informativos.

(5) Las presentes condiciones y las condiciones especiales aplicables se pondrán a disposición del Cliente antes de la celebración del contrato. En contratación electrónica se facilitarán de forma que puedan almacenarse y reproducirse.

(6) Formará parte del contrato, con carácter general, la versión que haya sido puesta a disposición del Cliente y aceptada por este en el momento de la contratación.

§ 3 Ofertas y celebración del contrato

(1) Las ofertas, precios y descripciones de servicios en páginas web, presentaciones, redes sociales u otros medios informativos generales del Prestador tendrán, con carácter general, carácter no vinculante y constituirán una invitación al Cliente a formular una oferta, salvo que se identifiquen expresamente como vinculantes.

(2) En caso de ofertas individualizadas, el contrato se perfeccionará mediante su aceptación dentro del plazo de validez indicado. La aceptación podrá realizarse, entre otros medios, mediante firma, confirmación electrónica o correo electrónico.

(3) En un proceso electrónico de contratación, el Cliente formula una oferta contractual vinculante al accionar el botón de pedido debidamente identificado, salvo que se indique expresamente que el contrato se perfecciona directamente al finalizar el proceso.

(4) El Prestador podrá aceptar la oferta mediante confirmación expresa, activación de un servicio digital contratado, inicio de la prestación expresamente encargada u otra manifestación inequívoca de aceptación.

(5) Una confirmación automática de recepción únicamente acredita, con carácter general, la recepción del pedido. Solo constituirá aceptación contractual si así se desprende de forma inequívoca.

(6) Antes de aceptar un encargo, el Prestador podrá solicitar información razonablemente necesaria para verificar la identidad o condición empresarial del Cliente, su solvencia, los requisitos del proyecto o la viabilidad jurídica o técnica del servicio.

§ 4 Alcance de los servicios

(1) La naturaleza y alcance de los servicios se determinan principalmente por la oferta individual, la confirmación de pedido, la descripción acordada de servicios y las condiciones especiales aplicables.

(2) El Prestador únicamente estará obligado a realizar aquellos servicios, fases de trabajo, funciones, entregables, derechos de uso, accesos u otros resultados que hayan sido expresamente acordados o que resulten objetivamente necesarios para la prestación expresamente contratada.

(3) Los servicios adicionales, modificaciones o ampliaciones que excedan del alcance acordado se facturarán por separado.

(4) Salvo que se haya pactado expresamente un resultado concreto, el Prestador estará obligado a ejecutar profesionalmente el servicio acordado, pero no garantiza un determinado éxito económico, editorial o empresarial.

En particular, salvo pacto expreso, no se garantizan determinados ingresos, beneficios, alcance, visualizaciones, reproducciones, rankings, leads, conversiones, aprobaciones de plataformas, posiciones en buscadores u otros resultados comparables.

§ 5 Precios, impuestos y facturación

(1) Salvo indicación expresa en contrario, todos los precios indicados a Clientes empresariales se entienden netos.

(2) Cuando resulte aplicable el IVA español, otro impuesto sobre el valor añadido o tributo comparable, se añadirá conforme al tipo legal aplicable.

(3) Cuando resulte aplicable el mecanismo de inversión del sujeto pasivo, una exención u otro tratamiento fiscal para prestaciones transfronterizas, la facturación se realizará conforme a la normativa aplicable.

(4) El Cliente deberá facilitar de forma completa y correcta todos los datos empresariales, fiscales, de dirección y de IVA necesarios para una correcta facturación y comunicar sin demora cualquier modificación.

(5) Los costes de proveedores externos, licencias, medios, viajes, alojamiento, plataformas, APIs u otros servicios de terceros solo estarán incluidos cuando se haya acordado expresamente.

(6) Las facturas podrán emitirse electrónicamente salvo que una norma imperativa exija otra forma.

§ 6 Condiciones de pago y mora

(1) Salvo que se establezca otro plazo admisible en la oferta, contrato o factura, las facturas deberán abonarse íntegramente dentro de los 14 días naturales siguientes a su recepción.

(2) El Prestador podrá exigir pagos anticipados, depósitos, pagos parciales o el pago íntegro por adelantado cuando así se prevea en la oferta, proceso de contratación o condiciones especiales.

(3) En servicios continuados o recurrentes podrá acordarse el pago periódico anticipado o el cargo automático en el medio de pago acordado.

(4) En caso de mora se aplicarán las normas legales vigentes en materia de morosidad entre empresas, incluidos los intereses legales de demora y los costes de cobro legalmente establecidos.

(5) Cuando exista un impago significativo de una cantidad vencida, el Prestador podrá, tras una comunicación previa razonable, suspender la prestación hasta que se produzca el pago íntegro, siempre que resulte proporcionado atendiendo a las circunstancias del contrato.

(6) Una suspensión legítima ampliará los plazos de ejecución en la medida correspondiente. Los derechos de cobro por servicios ya prestados permanecerán vigentes.

(7) En la medida legalmente permitida, el Cliente solo podrá compensar créditos frente al Prestador cuando sean exigibles y hayan sido reconocidos, no sean controvertidos o hayan sido establecidos mediante resolución firme.

§ 7 Obligaciones de colaboración del Cliente

(1) El Cliente realizará de forma completa y puntual todas las actuaciones de colaboración necesarias para la correcta ejecución de los servicios.

Estas podrán incluir, en particular, información, briefings, archivos y otros materiales, autorizaciones, decisiones, cuentas, APIs, interfaces, autenticaciones, feedback y personas de contacto.

(2) El Cliente es responsable de la exactitud, integridad y actualidad de la información facilitada, salvo que su comprobación forme parte expresa del encargo.

(3) Los plazos de ejecución comenzarán únicamente cuando se hayan cumplido las obligaciones de colaboración necesarias.

(4) Si la ejecución se retrasa debido a una colaboración tardía o incompleta por parte del Cliente, los plazos se ampliarán, como mínimo, por el tiempo causado por dicho retraso. El Prestador no estará obligado a mantener indefinidamente reservada la capacidad inicialmente prevista.

(5) El trabajo adicional derivado de retrasos imputables al Cliente, incluidos nuevos trabajos de familiarización o adaptación técnica, podrá facturarse adicionalmente.

§ 8 Personal, subcontratistas y proveedores externos

(1) El Prestador podrá recurrir a empleados, profesionales independientes, empresas vinculadas y subcontratistas o proveedores técnicamente adecuados.

(2) Cuando dichas personas accedan a información confidencial, el Prestador garantizará obligaciones adecuadas de confidencialidad.

(3) Cuando se traten datos personales por cuenta del Cliente, serán de aplicación las normas de protección de datos y, en su caso, un contrato de encargo del tratamiento.

(4) Algunos servicios pueden depender de plataformas independientes, APIs, proveedores de hosting, modelos de IA u otros servicios de terceros.

(5) Cuando el contrato de un servicio externo se celebre directamente entre el Cliente y el tercero, el Prestador no será parte de dicho contrato ni responderá de decisiones, modificaciones, precios o interrupciones adoptadas autónomamente por dicho tercero.

(6) La responsabilidad por actuaciones culpables propias del Prestador permanecerá inalterada.

§ 9 Confidencialidad

(1) Ambas partes tratarán confidencialmente toda información confidencial de la otra parte a la que tengan acceso en relación con la cooperación y la utilizarán exclusivamente para la ejecución del contrato.

(2) Se consideran confidenciales, en particular, información empresarial no pública, estrategias, conceptos, cálculos, documentación técnica, credenciales, procesos internos, información sobre clientes, contenidos no publicados y materiales de producción.

(3) No tendrá carácter confidencial la información que ya fuera legítimamente pública, se haga pública sin incumplimiento, ya fuera conocida legalmente por la parte receptora, sea revelada legítimamente por un tercero autorizado o haya sido desarrollada de forma independiente.

(4) Se permite la comunicación a empleados, subcontratistas y asesores que necesiten conocer la información para la ejecución contractual y estén sujetos a una obligación adecuada de confidencialidad.

(5) Permanecen permitidas las divulgaciones exigidas por ley o por autoridad competente.

(6) La obligación de confidencialidad continuará durante cinco años tras la terminación del contrato. Los secretos empresariales permanecerán protegidos durante todo el periodo en que conserven dicha protección legal.

§ 10 Propiedad intelectual y derechos preexistentes

(1) Cada parte conserva todos los derechos sobre materiales, marcas, contenidos, componentes de software, métodos, conceptos, tecnologías, plantillas, procesos y know-how que ya le pertenecieran antes del contrato o fueran desarrollados independientemente del mismo.

(2) Los derechos sobre resultados concretos se regirán por el contrato individual y las condiciones especiales.

(3) El Cliente concede al Prestador los derechos no exclusivos necesarios para utilizar, reproducir, procesar técnicamente, editar, almacenar y transmitir los contenidos facilitados en la medida necesaria para ejecutar el contrato.

(4) El Cliente garantiza estar facultado para conceder dichos derechos.

(5) Cuando el Prestador cree resultados individualizados, la concesión de derechos acordada se producirá, con carácter general, tras el pago íntegro de la remuneración correspondiente.

(6) Herramientas, plantillas, bibliotecas, métodos de producción, software, automatizaciones, workflows, prompts, sistemas internos y know-how técnico preexistentes no serán transferidos por el mero hecho de utilizarse durante la prestación.

§ 11 Legalidad de instrucciones y contenidos del Cliente

(1) El Cliente no podrá solicitar prestaciones ilícitas ni proporcionar materiales, contenidos, datos o instrucciones cuyo tratamiento contractual infrinja la legislación aplicable o derechos de terceros.

(2) Esto incluye, en particular, derechos de autor, marcas, derechos de la personalidad, protección de datos, otros derechos de propiedad intelectual, sanciones y prohibiciones legales.

(3) Ante indicios razonables de ilegalidad, el Prestador podrá suspender la actividad hasta que se aclare la situación o negarse a ejecutarla.

(4) Una infracción legal o contractual esencial imputable al Cliente podrá justificar la resolución del contrato por causa justificada.

§ 12 Plazos y fuerza mayor

(1) Las fechas solo tendrán carácter de plazo fijo vinculante cuando así se haya acordado expresamente. Las demás indicaciones temporales tendrán carácter orientativo o de planificación.

(2) Los plazos de prestación están condicionados al cumplimiento puntual de las obligaciones de colaboración y, en su caso, de pagos anticipados acordados.

(3) Cuando una parte no pueda cumplir, o solo pueda hacerlo con retraso significativo, como consecuencia de un acontecimiento fuera de su control razonable que no pudiera evitarse pese a medidas adecuadas, no responderá del retraso directamente causado por dicho acontecimiento.

(4) Entre otros, podrán considerarse tales acontecimientos catástrofes naturales, guerra, terrorismo, disturbios graves, medidas administrativas, huelgas generales, pandemias, caídas generalizadas de infraestructuras energéticas, de telecomunicaciones o Internet y ataques cibernéticos externos graves pese a medidas de protección adecuadas.

(5) La parte afectada informará a la otra sin demora injustificada siempre que resulte posible y adoptará medidas razonables para limitar los efectos.

(6) Las obligaciones y plazos afectados quedarán suspendidos o se ampliarán durante el periodo y en la medida de la afectación.

(7) Si el acontecimiento dura más de 60 días naturales consecutivos y hace irrazonable la ejecución esencial, cualquiera de las partes podrá resolver la parte aún no ejecutada. Permanecerán exigibles las prestaciones ya realizadas y los costes de terceros no cancelables.

§ 13 Duración, suspensión y resolución

(1) La duración contractual, derechos de terminación ordinaria, renovaciones y reglas especiales de cancelación se regirán por el contrato individual o las condiciones especiales.

(2) El derecho de ambas partes a resolver el contrato por causa justificada permanecerá inalterado.

(3) Podrá existir causa justificada, en particular, cuando una obligación contractual esencial no se cumpla pese a requerimiento y plazo razonables para subsanar.

(4) No será necesario conceder plazo de subsanación cuando la infracción no pueda corregirse, la continuación sea objetivamente irrazonable o sea necesaria una medida inmediata por motivos legales o de seguridad.

(5) Podrán constituir causa justificada, entre otros, una mora significativa, incumplimiento reiterado de obligaciones de colaboración, uso ilícito, infracciones graves de derechos de terceros, uso que comprometa la seguridad, falsedad sobre datos contractuales esenciales o amenazas o acoso graves hacia empleados o colaboradores.

§ 14 Responsabilidad

(1) Las partes responderán conforme a la legislación aplicable salvo en aquellos aspectos en los que las presentes condiciones establezcan válidamente otra cosa.

(2) La responsabilidad del Prestador será ilimitada en caso de dolo, culpa grave, daños culpables a la vida, integridad física o salud, así como en aquellos supuestos en los que legalmente no pueda excluirse o limitarse.

(3) En caso de culpa leve, el Prestador únicamente responderá de daños directos razonablemente previsibles al celebrarse el contrato derivados del incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales.

(4) En la medida legalmente permitida, la responsabilidad por culpa leve quedará limitada:

  • en proyectos individuales o servicios únicos, a la remuneración neta acordada para el contrato concretamente afectado;
  • en relaciones continuadas, a la remuneración neta pagada o pagadera por el servicio afectado durante los doce meses anteriores al hecho causante; si el contrato tiene una duración inferior, a la remuneración pagada o debida hasta ese momento.

(5) En la medida legalmente permitida y salvo los supuestos del apartado (2), el Prestador no responderá de daños indirectos o consecuenciales, lucro cesante, ahorros no obtenidos, oportunidades comerciales perdidas ni daños puramente reputacionales.

(6) El Prestador no responderá de perturbaciones causadas exclusivamente por circunstancias pertenecientes al ámbito de responsabilidad del Cliente.

(7) El Prestador solo responderá de caídas o modificaciones de plataformas independientes cuando un incumplimiento culpable propio haya causado el daño.

(8) Las limitaciones se aplicarán igualmente en favor de representantes legales, empleados, freelancers y subcontratistas del Prestador.

§ 15 Protección de datos

(1) Los datos personales se tratarán conforme al RGPD, la normativa española aplicable y la Política de Privacidad del Prestador.

(2) El Cliente es responsable de que los datos personales que facilite al Prestador o cuyo tratamiento ordene puedan ser tratados lícitamente.

(3) Cuando el Prestador trate datos exclusivamente por cuenta del Cliente y resulte aplicable el artículo 28 RGPD, se aplicará el correspondiente acuerdo de encargo del tratamiento.

(4) Los datos relativos a cuentas, contratos, facturación, seguridad y otras finalidades empresariales propias serán tratados por el Prestador como responsable del tratamiento.

§ 16 Comunicaciones y modificaciones contractuales

(1) Las comunicaciones contractualmente relevantes podrán realizarse, con carácter general, en formato de texto, especialmente por correo electrónico o mediante un sistema electrónico habilitado al efecto, salvo que una norma imperativa exija una forma más estricta.

(2) Las declaraciones de terminación, desistimiento contractual u otras declaraciones relevantes deberán efectuarse preferentemente en formato de texto a efectos probatorios.

(3) Los acuerdos negociados individualmente prevalecerán sobre estas condiciones.

(4) Las modificaciones de estas Condiciones Generales se aplicarán a contratos futuros. Para contratos continuados ya existentes solo se aplicarán cuando se acuerden válidamente.

§ 17 Ley aplicable, controversias y jurisdicción

(1) La relación contractual se regirá por la legislación española en la medida en que dicha elección resulte legalmente válida.

(2) No se acuerda mediación obligatoria ni arbitraje obligatorio.

(3) Cuando la legislación procesal española imperativa exija una negociación extrajudicial previa u otro medio adecuado de solución de controversias (MASC) como requisito para acudir a los tribunales, las partes cumplirán únicamente las actuaciones exigidas por la ley.

(4) Para relaciones B2B transfronterizas, los tribunales de Madrid, España, tendrán jurisdicción exclusiva en la medida en que pueda pactarse válidamente dicho fuero.

(5) Cuando una cláusula predispuesta de jurisdicción no sea válida conforme a la legislación imperativa, se aplicarán las reglas legales de competencia territorial.

(6) Permanecen vigentes las competencias imperativas y el derecho a solicitar medidas cautelares o provisionales.

§ 18 Idioma del contrato

(1) El idioma contractual será, con carácter general, el idioma en el que se formalice la oferta individual o pedido.

(2) Cuando existan varias versiones lingüísticas, será generalmente vinculante aquella que haya sido puesta a disposición del Cliente y aceptada por este como base contractual.

§ 19 Disposiciones finales

(1) La invalidez, inaplicabilidad o falta de incorporación válida de una cláusula no afectará, con carácter general, a las restantes disposiciones siempre que el contrato pueda subsistir razonablemente sin aquella.

(2) Una cláusula inválida no será sustituida automáticamente por otra determinada unilateralmente por el Prestador. Cuando resulte necesario, se aplicarán las disposiciones legales correspondientes.

Parte B – Condiciones Especiales para Consultoría, Coaching y Formación

§ 20 Ámbito

(1) Estas condiciones se aplican especialmente a consultoría y coaching individual, asesoramiento estratégico y conceptual, talleres online en directo, webinars, talleres presenciales, cursos de autoaprendizaje, materiales digitales, asesoramiento asistido por IA y análisis o contenidos formativos generados automáticamente.

(2) Los componentes técnicos SaaS de una prestación de aprendizaje o consultoría integrada en software estarán sujetos adicionalmente a las Condiciones Especiales para Software, SaaS, IA y Hosting.

§ 21 Tipos de servicios

(1) Consultoría individual significa asesoramiento personal prestado a un Cliente o participantes acordados por parte de un consultor del Prestador, especialmente mediante videollamada o llamada de audio.

(2) Taller online en directo o webinar significa un evento online celebrado en un horario determinado.

(3) Curso de autoaprendizaje o taller online significa un producto formativo digital que, con carácter general, puede utilizarse de forma flexible en el tiempo.

(4) Consultoría asistida por IA significa una función en la que contenidos, análisis, respuestas, recomendaciones o rutas de aprendizaje se generan parcial o totalmente mediante IA o sistemas automatizados.

§ 22 Contenido y alcance

(1) El alcance concreto se determina mediante la descripción del servicio correspondiente.

(2) Los componentes esenciales expresamente prometidos serán vinculantes.

(3) La consultoría individual, atención personal, servicios de producción, investigación o configuración técnica no expresamente incluidos no forman automáticamente parte de un curso digital.

(4) Las horas de consultoría individual u otras prestaciones personales existirán únicamente en el alcance expresamente acordado.

§ 23 Consultoría individual

(1) La consultoría individual podrá abarcar estrategias, conceptos, formatos, procesos, contenidos, podcasts, vídeo, YouTube, marketing y comunicación.

(2) Se basará en la información proporcionada por el Cliente, los objetivos acordados, la información disponible en el momento de la consulta y, en su caso, investigaciones y herramientas asistidas por IA.

(3) Se debe una consultoría profesional, no un determinado resultado económico.

(4) Las recomendaciones sirven como apoyo a decisiones empresariales. El Cliente decide si las implementa y de qué forma.

(5) El Cliente sigue siendo responsable de la comprobación final económica, factual, jurídica, fiscal y profesional de sus decisiones.

(6) Los servicios no constituyen asesoramiento jurídico, fiscal, financiero, médico ni otra asesoría profesional regulada salvo acuerdo expreso y legalmente admisible.

§ 24 Citas de consultoría

(1) Las citas se acuerdan directamente o mediante un sistema de reservas.

(2) El Cliente garantizará sus requisitos técnicos y asistirá puntualmente.

(3) Salvo pacto en contrario, una cita podrá reprogramarse gratuitamente hasta 48 horas antes de su inicio.

(4) En caso de cancelación posterior o no asistencia, la remuneración del horario reservado podrá seguir siendo exigible, teniendo en cuenta los gastos ahorrados y la posibilidad real de reutilizar el horario.

(5) La llegada tardía no dará generalmente derecho a ampliar la sesión más allá del horario inicialmente acordado.

(6) Si una cita no puede celebrarse por causa imputable al Prestador, se ofrecerá una fecha alternativa o se reembolsará la prestación correspondiente.

§ 25 Talleres online en directo y eventos

(1) Se adeudan los contenidos esenciales acordados para el evento.

(2) El contenido, orden, ejemplos o formato podrán ajustarse por motivos profesionales, didácticos, técnicos o de actualización siempre que no se reduzca sustancialmente el carácter y valor económico del servicio.

(3) Un ponente podrá ser sustituido por una persona adecuadamente cualificada por causa objetiva salvo que la prestación personal de ese ponente concreto fuera elemento esencial del contrato.

(4) En caso de cancelación o aplazamiento podrá ofrecerse una fecha alternativa adecuada. Si esta no resulta objetivamente razonable o no se ofrece alternativa, se devolverá la remuneración correspondiente a la prestación cancelada.

§ 26 Productos digitales de autoaprendizaje

(1) Los productos digitales podrán incluir vídeos, audios, textos, presentaciones, checklists, worksheets, plantillas, ejercicios y módulos automatizados.

(2) El Prestador podrá actualizar, sustituir, reorganizar o presentar técnicamente de otra forma los contenidos cuando exista una razón profesional, didáctica, técnica o derivada de cambios externos.

(3) El carácter económico esencial del producto contratado no se reducirá sustancialmente sin razón objetiva durante el periodo mínimo garantizado de acceso.

§ 27 Periodo de acceso a productos formativos digitales

(1) Para un producto digital de autoaprendizaje o taller online adquirido de forma independiente, salvo acuerdo expreso de un periodo superior, el Cliente tendrá acceso mientras el producto continúe disponible, pero como mínimo durante dos años desde la primera puesta a disposición del acceso.

(2) No existe derecho a acceso de por vida ni ilimitado.

(3) Una vez finalizado el periodo mínimo de dos años, el producto podrá discontinuarse, migrarse técnicamente o integrarse en un producto sucesor.

(4) Si un producto adquirido independientemente debe discontinuarse permanentemente antes de finalizar el periodo mínimo por una razón jurídica o de seguridad grave, el Prestador proporcionará, cuando resulte razonable, un producto sustancialmente equivalente o un reembolso proporcional por el periodo mínimo restante no prestado.

(5) Los materiales descargables podrán seguir utilizándose tras finalizar el acceso conforme a los derechos concedidos.

(6) El periodo mínimo de acceso de dos años no se aplica a funciones formativas, de consultoría o e-learning que sean únicamente parte de una suscripción SaaS continuada. Dichas funciones estarán generalmente disponibles solo durante la duración de la suscripción correspondiente salvo que se haya prometido expresamente otro periodo mínimo.

§ 28 Actualidad de los contenidos

(1) El Prestador procura revisar periódicamente los contenidos y actualizarlos ante cambios sustanciales.

(2) Debido a cambios rápidos en plataformas, algoritmos, software, IA, APIs, métodos de marketing, mercados y marcos jurídicos, no se garantiza que cada contenido refleje en todo momento el estado más reciente.

(3) Una fecha de publicación o actualización no garantiza la actualidad futura de todas las afirmaciones.

(4) El Prestador no está obligado a adaptar inmediatamente todos los contenidos existentes tras cada cambio externo.

(5) La información esencial para una decisión empresarial concreta deberá ser comprobada nuevamente por el Cliente.

§ 29 Consultoría y aprendizaje asistidos por IA

(1) Los servicios podrán utilizar IA, machine learning, automatización y sistemas comparables.

(2) Sobre la base de inputs, textos, grabaciones, datos empresariales o de proyectos podrán generarse análisis, recomendaciones, contenidos formativos, conceptos o textos individualizados.

(3) Dichos servicios podrán prestarse, en particular, mediante el Editor IA u otros productos de software del Prestador.

(4) Podrán incluir respuestas completamente automatizadas, contenidos formativos compilados automáticamente, módulos e-learning preproducidos con elementos de IA y combinaciones de contenidos humanos y automatizados.

(5) En servicios ofrecidos como automatizados o asistidos por IA no existe, con carácter general, derecho a una revisión humana individual de cada resultado.

(6) Solo se deberá una revisión humana individual cuando forme parte expresa del servicio contratado.

§ 30 Limitaciones de la consultoría generada mediante IA

(1) La IA generativa puede producir hechos incorrectos, inventar información, omitir datos relevantes, utilizar información desactualizada, interpretar mal entradas o extraer conclusiones incorrectas.

(2) Las respuestas generadas mediante IA no constituyen hechos garantizados.

(3) Las afirmaciones relevantes para decisiones empresariales deberán verificarse independientemente.

(4) Esto resulta especialmente aplicable a datos de mercado y competencia, precios, estadísticas, noticias, personas, empresas, legislación, derechos de autor, marcas y cuestiones fiscales.

(5) Los contenidos asistidos por IA no sustituyen la investigación propia cuando una decisión depende de la exactitud o actualidad de la información.

§ 31 Investigación automatizada

(1) Las funciones podrán analizar automáticamente fuentes públicas, noticias, bases de datos y otras fuentes externas.

(2) No se garantiza la cobertura completa de todas las fuentes o información relevante ni la exactitud de todas las fuentes externas.

(3) Las sugerencias de temas, tendencias, personas, invitados o empresas sirven como herramientas de investigación y no garantizan su idoneidad, disponibilidad o calidad.

(4) Los resultados relevantes deberán comprobarse antes de utilizarse.

§ 32 Dependencia de datos e interfaces

(1) La calidad y alcance de resultados individualizados pueden depender significativamente de los datos y fuentes conectadas.

(2) El Prestador no responde de resultados inadecuados en la medida en que deriven de información, permisos, cuentas, APIs o autenticaciones faltantes o incorrectas.

(3) El Prestador apoyará la configuración de conexiones dentro del alcance de soporte contratado.

§ 33 Transparencia conforme al Reglamento de IA

(1) Cuando un sistema de IA esté destinado a interactuar directamente con personas físicas y exista una obligación legal de información, el Prestador informará del carácter de IA de dicha interacción.

(2) La información podrá facilitarse, especialmente, dentro de la interfaz o, como máximo, al inicio de la primera interacción correspondiente.

(3) La utilización de IA para crear o actualizar determinados materiales no implica automáticamente que todo un curso deba etiquetarse de forma general como generado por IA.

(4) Permanecen vigentes las obligaciones imperativas de transparencia y etiquetado.

§ 34 Responsabilidad empresarial del Cliente

(1) La consultoría, formación, talleres y servicios de IA proporcionan información, métodos, análisis, ideas y bases para decisiones.

(2) No sustituyen el criterio empresarial propio del Cliente.

(3) No se garantizan especialmente ingresos, beneficios, cuota de mercado, leads, alcance, rankings, crecimiento de plataformas, conversiones u otros resultados empresariales.

(4) La decisión de implementar una recomendación corresponde al Cliente.

§ 35 Responsabilidad por decisiones

(1) La responsabilidad general se rige por la Parte A.

(2) En la medida legalmente permitida, el Prestador no responderá de consecuencias adversas de una decisión empresarial únicamente porque se hayan tenido en cuenta una consultoría, contenido formativo, análisis automatizado o recomendación de IA.

(3) Esto se aplica especialmente cuando información que requería verificación fue utilizada sin comprobar, se omitió fact-checking necesario, se utilizaron recomendaciones fuera de contexto o no se realizó una revisión jurídica, fiscal o profesional necesaria.

(4) Permanecen vigentes las responsabilidades imperativas y por dolo o culpa grave.

§ 36 Garantía voluntaria de devolución

(1) Una garantía de devolución solo existirá para productos en los que se anuncie expresamente.

(2) Cuando se ofrezca una garantía de 14 días, el Cliente podrá utilizarla sin indicar motivos dentro de los 14 días naturales siguientes a la celebración del contrato.

(3) En productos estructurados de esta forma, el Cliente recibirá inicialmente únicamente el acceso limitado previsto en la descripción.

(4) Al utilizar la garantía finalizará el acceso y se devolverá íntegramente la remuneración pagada por dicho producto.

(5) La garantía voluntaria finalizará anticipadamente cuando el Cliente active expresamente el acceso completo o utilice una prestación individual incluida, especialmente consultoría personal o producción.

(6) La garantía constituye una prestación contractual voluntaria y no un derecho legal de desistimiento de consumidores.

§ 37 Credenciales y utilización

(1) Los productos digitales están licenciados únicamente para el número de usuarios o participantes acordado.

(2) Las licencias individuales no podrán compartirse con terceros independientes.

(3) Las credenciales deberán protegerse adecuadamente contra usos no autorizados.

§ 38 Derechos de autor y materiales formativos

(1) Vídeos, textos, presentaciones, worksheets, gráficos, plantillas, métodos y demás materiales permanecen protegidos cuando corresponda.

(2) El Cliente recibe un derecho de uso no exclusivo y, con carácter general, no transmisible para sus propios fines empresariales o profesionales internos.

(3) Los materiales expresamente descargables podrán seguir utilizándose para dichos fines tras finalizar el acceso salvo que se indique otra licencia.

(4) Sin autorización expresa no se permite publicar partes sustanciales de cursos, revender o sublicenciar materiales, crear un curso competidor sustancialmente copiado ni utilizar sistemáticamente materiales protegidos como datos de entrenamiento de sistemas de IA externos.

(5) Los conocimientos, métodos y aprendizajes generales adquiridos podrán aplicarse naturalmente en la propia actividad empresarial.

§ 39 Grabaciones

(1) Las sesiones, talleres y servicios en directo no podrán grabarse total o sustancialmente sin consentimiento expreso del Prestador.

(2) El Prestador no utilizará grabaciones identificables de participantes para publicidad pública basándose únicamente en estas condiciones.

(3) Cuando sea necesario consentimiento, se recabará separadamente.

§ 40 Conducta en eventos en directo

(1) Los participantes no podrán perturbar, insultar, amenazar o afectar de forma grave a otros participantes, ponentes o empleados.

(2) Ante incumplimientos esenciales podrá producirse exclusión tras advertencia adecuada; ante infracciones especialmente graves podrá realizarse sin advertencia previa.

(3) Una exclusión justificada causada culpablemente por el participante no generará, con carácter general, derecho a devolución de prestaciones que ya no pueda utilizar.

§ 41 Requisitos técnicos y disponibilidad

(1) El Cliente proporcionará conexión a Internet, dispositivos, navegadores y demás requisitos técnicos necesarios.

(2) El Prestador procura una alta disponibilidad de los servicios digitales, pero no garantiza disponibilidad ininterrumpida.

(3) Interrupciones breves técnicamente habituales, mantenimiento, actualizaciones o problemas de hosting, red, APIs o terceros no constituyen generalmente un defecto.

§ 42 Disposición final

En lo restante será aplicable la Parte A. Los componentes técnicos SaaS estarán adicionalmente sujetos a las Condiciones Especiales de Software, SaaS, IA y Hosting. Las descripciones individuales prevalecerán.